La definición:
“Los Warrants otorgan a su poseedor el derecho teórico, no la obligación, a comprar (CALL) o a vender (PUT) un número determinado de títulos sobre un activo (Subyacente), a un precio establecido (Precio de Ejercicio o Strike) y hasta una fecha fijada de antemano (Vencimiento). Un Warrant es, por tanto, un Contrato a Plazo”.
Vista esta definición, vamos a intentar aclarar el concepto warrants, como opción de compra
Un ejemplo sencillo ayudará a entender el significado de la definición dada:
El aspirante a presidente del C.F. UTOPIA el próximo año tiene elecciones como presidente y quiere realizar un fichaje estrella para la próxima temporada. En el mercado exterior ve un jugador que le puede interesar y el club al que pertenece lo quiere vender, el precio del jugador lo fija el equipo extranjero en 6.000.000 €.
¿Qué posibilidades tiene el aspirante a Presidente del C.F. UTOPIA?
1) Comprar directamente el jugador. Se asegura, de esta forma, poder contar con ese jugador para el próximo año.
2) Comprar el derecho, no la obligación, a adquirir ese jugador dentro de 1 año.
La primera posibilidad supone el desembolso de los 6.000.000 €. De esta forma, el jugador pasa a estar comprometido con el equipo para el próximo año con todas sus consecuencias.
La segunda alternativa requiere el pago de una Prima de, por ejemplo, 600.000 € y al cabo de un año se pagará (caso de seguir estando interesado por el jugador) el precio acordado, los 6.000.000 €. Se tiene la opción de compra sobre el jugador, no la obligación a comprarlo.
¿Qué sucederá si el Presidente no es reelegido?
1) Si se ha comprado el jugador (1ª posibilidad), se habrá perdido toda la inversión realizada. Se perderán los 6.000.000 € que costó.
2) Si compró la opción a adquirir el jugador (2ª posibilidad) y éste no es elegido como Presidente, simplemente NO se ejercerá esa opción y la pérdida se limitará a los 600.000 € pagados por la opción de compra. Pero si es elegido presidente del C.F. UTOPIA se ejercerá la opción pagando por el jugador 6.000.000 €.
Aquí es donde empiezan a verse el beneficio de los warrants
Siempre existirá alguien dispuesto a pagar más de los 600.000 € que se pagaron en un inicio por la opción a medida que se verifique la valía del jugador, lo que supone que será posible vender esa opción de compra a otro Club interesado en el jugador. De esta forma, si otro equipo de fútbol, al cabo de unos meses, está interesado en adquirir ese jugador y ofrece 800.000 € por la opción de compra, podrá revenderse la opción (si interesa) siendo el beneficio de 200.000 €, es decir, un 33%.
Si te interesa el riesgo y la inversión en bolsa, los warrants es una buena alternativa pero requiere una vigilancia constante de la posición. Los Warrants comportan un alto riesgo si no se gestionan adecuadamente. Existe la posibilidad de perder la totalidad de la inversión
Atendiendo al tipo de Warrant, el inversor tiene la posibilidad de posicionarse al alza, con Warrants CALL, y/o a la baja, con Warrants PUT, sobre una gran variedad de Activos Subyacentes.
La inversión en Warrants es reducida teniendo en cuenta que la Prima de los mismos, su cotización, es un valor pequeño. Sin embargo, su potencial de beneficios es ilimitado como consecuencia de apalancar una inversión reducida sobre un Activo Subyacente con un precio mucho más grande. La principal ventaja de los Warrants es el Apalancamiento o Efecto Multiplicación, pero ¿en qué consiste? Veámoslo con un ejemplo.
Suponga un inversor cuya expectativa en la evolución de Telefónica es alcista. El título cotiza a 17 €, que es el precio que tendrá que pagar el inversor que desee adquirir una acción.
Un segundo inversor, también espera que Telefónica suba en los próximos meses y para ello compra un Warrant CALL con precio de ejercicio (Strike) 17 € sobre Telefónica, vencimiento 3 meses y Paridad 2/1. El Warrant cotiza a 0,4 €, esto es, la Prima del Warrant es 0,4 €, que es el precio que tendrá que pagar el inversor por tener el Warrant en cartera.
Si analizamos la posición de los dos inversores, vemos que:
• El inversor de contado ha invertido 17 € y tiene una acción de Telefónica en cartera.
• El inversor de Warrants ha invertido 0,4 € (la Prima del Warrant) y tiene la posibilidad (el derecho teórico) de comprar (por ser CALL) la acción de Telefónica a 17 €.
Como vemos, el posicionamiento sobre el valor es el mismo, alcista a partir de 17 €, pero los diferencia la inversión necesaria para tener dicho posicionamiento.
• Posicionarse en Telefónica cuesta 17 € (inversor de contado) y por lo tanto supone no disponer de Apalancamiento= 17/17= 1
• Posicionarse en Telefónica cuando cotiza a 17 € cuesta 0,4 € (inversor en Warrants) y supone disponer de un Apalancamiento= 17/0,4x2 = 21,25 veces. En conclusión, el Warrant va a multiplicar por el movimiento de la acción.
Suponga que Telefónica sube a 20 € en los 3 meses siguientes, hasta el vencimiento del Warrant. El inversor de contado puede vender a 20 € la acción que tiene en cartera comprada a 17 €, consiguiendo:
El inversor en Warrants puede comprar una acción de Telefónica a 17 €, el Warrant CALL le otorga el derecho teórico a adquirir el Subyacente al precio de ejercicio (Strike), cuando la acción cotiza a 20 €. ¿Le interesará llevar a cabo su derecho? La respuesta es, obviamente sí, ya que vía Warrants recibirá la diferencia (derecho teórico) que supone adquirir la acción de Telefónica a un precio inferior (Strike) de lo que cotiza en Mercado. Por lo tanto, el inversor en Warrants llevará a cabo el derecho teórico que le otorga su Warrant a la compra teórica de “Paridad” acciones de Telefónica a 17 € para venderla en mercado a 20 €, es decir, al igual que el inversor en acciones ingresará los 3 € (20-17), teniendo en cuenta que la Paridad de su Warrant es 2/1 y que le costó 0,4 €, su Beneficio será:
De esta forma el inversor de Warrants habrá multiplicado su beneficio gracias al Apalancamiento al alza. Suponga que ambos inversores equivocan su expectativa en Telefónica, y la acción baja hasta los 15 € en 3 meses, fecha de vencimiento del Warrant. El inversor en Warrants sigue teniendo el derecho a comprar la acción de Telefónica a 17 €, Warrant CALL 17 a 3 meses, eso no ha cambiado, pero la situación del valor no es favorable. ¿Le interesará llevar a cabo su derecho ahora que Telefónica cotiza a 15 €?
La respuesta es no, de hecho, a vencimiento, su Warrant no valdrá nada y el inversor habrá perdido su inversión, que fue de 0,4 €. Por otro lado, el inversor en contado tiene en cartera una acción de Telefónica que vale 15 € por la que pagó 17 €, con una pérdida de 2 €.
Vemos como los Warrants ofrecen un interesante efecto Apalancamiento con el riesgo limitado a la propia inversión, la Prima del Warrant, que es reducida.
Una de las principales ventajas que ofrecen los Warrants es, sin duda alguna, la alta Liquidez que tienen en Mercado, lo que posibilita la Negociación de manera continua en unas condiciones muy similares a la negociación de acciones.
Desde 1.998, año en el que comenzó la actividad industrial de Warrants en España, se han producido tres puntos de inflexión en la negociación de Warrants en nuestro país. El primero tuvo lugar en el año 2.000, cuando la consecución de máximos históricos seguida de la explosión de la burbuja tecnológica impulsó la negociación de Warrants. El segundo se produjo en el año 2.003, gracias al definitivo asentamiento de la plataforma de negociación de Warrants (Segmento de contratación de Warrants y otros productos) del SIBE, que tras su puesta en marcha en Noviembre de 2.002, contribuyó a que los Warrants ganaran en transparencia y agilidad en su contratación. El tercero se produjo en el año 2.005, donde la clara tendencia alcista de los Mercados contribuyó a que se superaran por primera vez los 2.000 millones de euros negociados en Primas.
Durante 2.007 se dieron todas las condiciones necesarias para que los Warrants alcanzaran niveles de contratación nunca vistos antes en la bolsa española. A una reforma fiscal que beneficiaba la operativa a corto plazo, de la
que los Warrants son un claro exponente, se unió una alta actividad de fusiones y adquisiciones hasta la primera mitad de año, y un mercado volátil durante la segunda. Todo ello, junto con la constante labor de formación de los emisores y la mayor oferta en Warrants, contribuyó a que por primera vez y de forma excepcional se superara la barrera de los 5.000 millones de euros contratados. Los años 2008 y 2009 han estado marcados por el descenso generalizado de los mercados, del volumen y por las variaciones extremas en la volatilidad.
A continuación se muestra un gráfico con la evolución del volumen negociado en Warrants en España durante los últimos años:
En la siguiente página hay un manual editado por SOCIETE GENERALE http://es.warrants.com/home.php en el que explica los warrants, forma de operar con ellos y unos ejemplos muy ilustrativos muy necesarios si alguno de vosotros pretende ser un gran “bróker” de bolsa.