miércoles, 13 de abril de 2011

21.-CDS (Credit Default Swaps)

Bajo la expresión Credit Default Swaps (CDS) se esconde la transferencia del riesgo de impago de un crédito.

Credit Default Swaps es un contrato que firman dos partes en la que una compra protección sobre el riesgo de impago (default) de unos bonos, deuda, etc de una empresa durante un periodo de tiempo prefijado y limitado y la otra parte vende la protección.

La parte compradora va a pagar durante ese periodo una prima llamada spread y en caso de que se produzca un impago el vendedor pagará por las perdidas de esos bonos, etc, dejando el comprador de pagar la prima.

Ante un impago default hay dos maneras de actuar:
  1. El comprador entrega sus bonos al vendedor y el vendedor paga el nominal del bono entero. Pero el vendedor sigue negociando en los mercados por lo que si hay una recuperación sobre el valor pagado, aún recupera una parte.
  2. El vendedor paga al comprador la diferencia por la perdida de valor.
Hay una asociación de contratos de la Swap llamada ISDA (Internacional Swap and Derivates Associatión) que es la que regula y establece unos ciertos modelos de CDS.

En definitiva, estos productos permiten al inversor tener cubiertos sus riesgos de una parte de sus inversiones a un costo muy barato, también existe el CDS sobre un conjunto de bonos, por lo que se minimiza el costo y el riesgo.

4.- LOS SWAP

Según Wilkipedia:
Un swap, o permuta financiera, es un contrato por el cual dos partes se comprometen a intercambiar una serie de cantidades de dinero en fechas futuras. Normalmente los intercambios de dinero futuros están referenciados a tipos de interés, llamándose IRS (Interest Rate Swap) aunque de forma más genérica se puede considerar un swap cualquier intercambio futuro de bienes o servicios (entre ellos el dinero) referenciado a cualquier variable observable

Bien como definición para un economista avanzado, pero para unos aprendices de “brujos” como somos nosotros, lo voy a tratar de explicar: 
Los swaps son utilizados  habitualmente como una forma de asegurarse un tipo de interés o de tipo de cambio de divisas durante un periodo limitado de tiempo, con el fin de convertir en “fijo” un coste variable.

Por ejemplo la empresa INTERPANEL va a comprar en un país no comunitario la maquinaria para su fabrica en Almería, durante el periodo de construcción de dos años y va a ir adquiriendo la maquinaria  de la fábrica de este país asegurando a sus accionistas un precio fijo a la situación actual del mercado sin importarle un aumento o disminución del valor de la divisa durante este periodo, para ello suscribe con un intermediario financiero fijando unos pagos mensuales  “un swap sobre el tipo de cambio” si este disminuye Interpanel mantendrá el pago como si la divisa no hubiera bajado, pagando la diferencia del valor del bien al fabricante de la maquinaria y el resto lo pagará a la empresa aseguradora del tipo de cambio  por tanto pagará la mercancía al precio pactado sin beneficiarse de la bajada de la divisa.

En cambio si durante ese periodo la divisa aumentará de valor Interpanel pagaría al mismo precio que si no hubiera subido, pagando el incremento del valor de la divisa la empresa aseguradora del SWAP.

Con este ejemplo basado en un hecho real de seguro de cambio, basado en un producto similar, la empresa Interpanel se garantizó las variaciones entre dos divisas (marco alemán y la peseta) en los años 1993-1995, proporcionado una estabilidad en los precios de la compra de la maquinaria de su fábrica durante los dos años de construcción.

Este producto fue mal utilizado por los “Bancarios” (empleados de los bancos) en los años 2.000 –2.008 indicando a los clientes de las hipotecas que era un seguro ante la subida de tipos de interés .¿Qué ocurrió? Pues que el euribor en ese periodo fue bajando con lo que los tipos de referencia de las hipotecas iban bajando, pero a los clientes que suscribieron ese falso seguro de tipo era un swap mantuvieron sus cuotas ya que tenían que pagar esa diferencia al asegurador del swap. Tras varias denuncias algunos han conseguido anular este contrato por una práctica engañosa.

Aviso a navegantes:
Antes de firmar cualquier contrato leamos todo el texto, y no nos fiemos de lo que nos cuente la persona que trata de vendérnoslo ya que esa información puede ser tergiversada.