jueves, 31 de marzo de 2011

17.- El insider trading.

¿Qué es “insider trading”?
La traducción no literal de esta expresión es “uso de información privilegiada” que el que tiene conocimiento emplea para  “jugar” en el mercado cotizado de valores con ventaja. Esta información privilegiada permite al “jugador” anticiparse a los movimientos que se van a producir en la bolsa, por ejemplo una OPA o un reparto de dividendos y hace que el que dispone de esa información actúe con ventaja ante el mercado de valores.
¿Es un delito?
Si. Hay que indicar que el actuar con información privilegiada está penalizado y es un delito tanto económico como en algunos casos de cárcel.
¿Quiénes disponen de esa información privilegiada?
Las personas que dispone de información privilegiada por su puesto en la empresa, loa asesores jurídicos
Para poderlo entender, es mejor poner unos ejemplos basados en hechos reales:
El Gobernador del Banco de España, conocedor de la intervención de Banesto, previo a realizarlo, vendió las acciones que disponía de dicho banco. Fue condenado a varios años de prisión.
Un consejero de un importante banco, que va a realizar una OPA sobre otro banco, adquiere acciones del banco absorbido previo a la OPA, a un precio más bajo del que una vez conocida la intención de la OPA alcanzan las acciones obteniendo unas importantes plusvalias.
¿Qué hay que tener en cuenta para ser considerado “insider trading” o información privilegiada?
La información que circula por los mercados es de dos tipos, una es la información de rumores, balances, etc y otra ”insader” que es la información interior de la sociedad, que sí es una información diferente y que puede influir en la cotización de los valores afectados por eso :
Debe ser una información que no se ha hecho pública. Y ser una información concreta los simples rumores, no son información privilegiada.  Y tiene que ser capaz de influir en la cotización del valor.
¿Cómo se protege al mercado de valores de los “insider trading”?
Hay una regulación  diferente del uso de información privilegiada en cada pais, en España se regula.
  • prohibiendo preparar  o hacer operaciones en las que esa información privilegiada dé al conocedor una posición de ventaja sobre el resto de inversores.
  • Tampoco puede el conocedor de esta información transmitirla a terceros para que se beneficien de esta información en la cotización del mercado de valores.
Los gestores de las sociedades que cotizan en el mercado de valores tienen que comunicar al mercado cualquier información que pueda afectar a su cotización excepto las operaciones de absorciones o ventas de acciones en las que tengan un interés legítimo en mantenerla reservada pero incidiendo en que las personas que tengan conocimiento sean las mínimas y no utilicen esta información para su lucro propio.

Aunque son muy contados los casos que se han investigado y que se han podido juzgar por la dificultad de demostrarlo. (Hace pocas fechas un personaje conocido ha sido juzgado pero no se le ha condenado el Sr. Alierta).

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